Alérgenos en colectividades

El 13 de diciembre de 2014 entró en vigor el Reglamento Europeo 1169/2011, sobre información al consumidor.

 

Una de las principales novedades afecta directamente a bares y restaurantes, ya que éstos deben informar acerca de los alérgenos presentes en sus menús.

 

El Reglamento habla de colectividades en general, y como tales entiende, "cualquier establecimiento (incluidos un vehículo o un puesto fijo o móvil) como restaurantes, comedores, centros de enseñanza, hospitales y empresas de suministro de comidas elaboradas en los que, como actividad empresarial, se preparan alimentos listos para consumir, por el consumidor final".

 

Debe informarse adecuadamente de todo plato que se sirve y contenga alérgenos, y si una empresa sirve en un restaurante o en un comedor platos preparados por terceros, también es responsabilidad suya proporcionar esa información.

 

Como está planteado el Reglamento, la presencia no declarada de un alérgeno en un alimento se considera un peligro alimentario, comparable con la presencia de una salmonella. Como consecuencia, y según la ley vigente, de una mala praxis en este sentido, se pueden derivar responsabilidades penales (prisión, multas e inhabilitaciones de profesión, oficio, industria o comercio, según los casos). 

 

Los alérgenos sobre los que hay que informar son los siguientes:

  • Cereales que contengan gluten.
  • Crustáceos y productos a base de crustáceos.
  • Huevos y productos a base de huevo.
  • Pescado y productos a base de pescado.
  • Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.
  • Soja y productos a base de soja.
  • Leche y sus derivados (incluida la lactosa).
  • Frutos de cáscara.
  • Apio y productos derivados.
  • Mostaza y productos derivados.
  • Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.
  • Dióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a 10 mg/kg ó 10 mg/litro en términos de SO2 total, para los productos listos para el consumo o reconstituidos conforme a las instrucciones del fabricante.
  • Altramuces y productos a base de altramuces.
  • Moluscos y productos a base de moluscos.
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    Los establecimientos hosteleros deben adaptarse a esta normativa, formando a su personal para garantizar una correcta manipulación, y diseñando un plan de control de la gestión de alérgenos, para no poner en riesgo no sólo la salud de los consumidores, sino la marca y la propia empresa.

     

    ¿Su establecimiento está preparado? Si necesita ayuda, no dude en consultarnos, le informaremos y asesoraremos acerca de cómo estar al día en esta materia.

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

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